Modificación de permisos

La normativa de extranjería recoge las posibilidades de llevar a cabo la modificación de los permisos de residencia concedidos si las circunstancias del solicitante cambian. Son muchas las opciones de modificación de permisos que existen y habrá que estar a las normas específicas de cada uno de ellos para iniciar este procedimiento.

Un supuesto de modificación de permisos es aquel que se solicita para la modificación del sector de actividad o del ámbito territorial de quien ya posee una autorización de residencia y trabajo por cuenta ajena. Hay que recordar que el permiso inicial de residencia y trabajo se circunscribe a una actividad y territorio geográfico concreto y como consecuencia de este procedimiento es posible cambiar estos aspectos.

Los requisitos que se exigen para poder solicitar la modificación están en línea con los que se exigen para la solicitud de la autorización inicial.

  • Ser titular de autorización inicial de residencia temporal y trabajo por cuenta ajena.
  • Poseer la cualificación exigida para el ejercicio de la profesión, si es el caso.
  • Garantía de actividad continuada durante el periodo de vigencia de la autorización para residir y trabajar.
  • Empresa solicitante inscrita en el régimen del sistema de Seguridad Social y al corriente del cumplimiento de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social con acreditación de la solvencia necesaria para la contratación.
  • Condiciones fijadas en el contrato de trabajo ajustadas a las establecidas por la normativa vigente.
  • Que la situación nacional de empleo permita la contratación.

Cabe la posibilidad de que un extranjero con permiso de residencia y trabajo por cuenta propia desee trabajar por cuenta ajena o viceversa. Para ello, la normativa articula una autorización de residencia temporal y trabajo que compatibiliza las actividades lucrativas por cuenta propia y ajena.

Este tipo de permiso se podrá solicitar siempre que se acredite el cumplimiento de los requisitos generales exigidos para cada una de estas situaciones así como que sea posible la compatibilidad en el ejercicio de ambas actividades, en relación con su objeto y características, duración y jornada laboral.

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