REQUISITOS PARA RESIDENCIA EN ESPAÑA POR ARRAIGO FAMILIAR 2025

Arraigo familiar

Qué es el Arraigo Familiar

El arraigo familiar es una autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales fácil de tramitar, que podrá concederse a todo ciudadano extranjero que se halle en España y, o bien sea padre o madre de un menor de nacionalidad española o comunitaria, o sean hijos de padre o madre que hubieran sido originariamente españoles.

Una de las características de este permiso de residencia es que no hay que demostrar medios económicos ni se exige haber estado viviendo en el país durante un periodo de tiempo determinado.

Según la situación, el tiempo de duración del permiso suele ser de 1 o 5 años, periodo en el que el ciudadano podrá vivir y trabajar en España ya sea por cuenta propia como por cuenta ajena. Al igual que sucede con cualquier otro permiso de residencia y trabajo, una vez próximo a la fecha de vencimiento, deberá de ser renovado para poder seguir viviendo en España de forma totalmente legal.

Si quieres hacer algún trámite de solicitud de Arraigo Familiar, renovar el permiso de autorización se aconseja contar con un equipo de abogados expertos en la materia.

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Requisitos necesarios para solicitar el Arraigo Familiar

Para poder solicitar un arraigo familiar es preciso cumplir con los siguientes requisitos:

  • No ser ciudadano de un Estado de la Unión Europea, del Espacio Económico Europeo o de Suiza, o familiar de ciudadanos de estos países a los que le sea de aplicación el régimen de ciudadano de la Unión.
  • Carecer de antecedentes penales en España y en sus países anteriores de residencia por delitos existentes en el ordenamiento español.
  • No tener prohibida la entrada en España y no figurar como rechazable en el espacio territorial de países con los que España tenga firmado un convenio en tal sentido.
  • No encontrarse, en su caso, dentro del plazo de compromiso de no retorno a España que el extranjero haya asumido al retornar voluntariamente a su país de origen.
  • Encontrarse en alguno de estos supuestos:
    • Ser padre o madre, o tutor, de un menor de nacionalidad española, siempre que la persona progenitora o tutora solicitante tenga a cargo al menor y conviva con éste o bien esté al corriente de las obligaciones paterno-filiales respecto al mismo.
    • Ciudadano que brinde apoyo a la persona con discapacidad de nacionalidad española para el ejercicio de su capacidad jurídica, siempre que el ciudadano solicitante que presta dicho apoyo tenga a cargo a la persona con discapacidad y conviva con ella. En este supuesto se concederá una autorización por 5 años que capacita a trabajar por cuenta ajena y por cuenta propia.
    • Cónyuge o pareja de hecho acreditada de ciudadano o ciudadana de nacionalidad española.
    • Ascendientes mayores de 65 años, o menores de 65 años a cargo, descendientes menores de 21 años, o mayores de 21 años a cargo, de ciudadano o ciudadana de nacionalidad española, o de su cónyuge o pareja de hecho. Se concederá una autorización por 5 años que habilita a trabajar por cuenta ajena y propia.
    • Hijos de padre o madre que hubieran sido originariamente españoles.

Documentación a presentar a la hora de solicitar el Arraigo Familiar

En el momento de solicitar el arraigo familiar en territorio español es preciso mostrar la siguiente documentación:

  • Modelo de solicitud (EX–10) por duplicado, rellenado y firmado.
  • Copia completa (incluyendo las páginas en blanco) del pasaporte, título de viaje o cédula de inscripción con vigencia mínima de 4 meses.
  • Certificado de antecedentes penales expedido por la autoridades de de todos los países en los que se haya residido durante los últimos 5 años anteriores a tu entrada en España.
  • El DNI y certificado de nacimiento del familiar español a través del cual deseamos solicitar el arraigo familiar.
  • Documentación que demuestre el vínculo o relación con tu familiar español:
    • Padre o madre de menor español:
      • Certificado de nacimiento español del menor.
      • Certificado de nacimiento del hijo menor de edad comunitario.
      • Documentación que acredite estar al corriente de las obligaciones paterno-filiales.
  • Esposo/a español(a): Aquí es importante distinguir 2 supuestos:
    • Certificado de matrimonio español con menos de 3 meses de antigüedad si la pareja se ha casado en España, o el matrimonio se encuentra inscrito en España.
    • Certificado de matrimonio del país de celebración, junto al justificante de inicio o envío de los documentos al Registro Civil Central, si el matrimonio se celebró en el extranjero.
  • Pareja o unión de hecho española: Certificado de inscripción de Unión de hecho.
  • Cuidado una persona discapacitada española: Certificado médico que acredite la discapacidad y que se está a cargo de dicha persona, DNI de la persona discapacitada.
  • Hijo de padres originariamente españoles: Certificado de nacimiento del padre/madre y certificado de nacimiento del hijo/a que solicita el arraigo familiar.

Muy importante que la documentación:

  • Esté apostillada o legalizada.
  • Traducida al español si está en otro idioma a través de traductor jurado autorizado por el Ministerio de Asuntos Exteriores, Cooperación y Unión Europea.
  • Los certificados deben de ser recientes, no más de 3 meses.

Dónde presentar la solicitud del Arraigo Familiar

La solicitud de la Autorización de Residencia por Circunstancias Excepcionales por Arraigo Familiar se ha de presentar ante la Oficina de Extranjería donde se tenga el domicilio.

Podrá ser tramitada por uno mismo o través de un abogado ya sea de forma presencial o vía telemática.

En el momento que la Oficina de Extranjería tenga constancia de la solicitud se dispone de un plazo de 3 meses para tramitar y responder. Si en dicho plazo no hay noticias de la solicitud se entenderá que ha sido desestimada por silencio administrativo.

Qué hacer si el Arraigo Familiar ha sido concedido

Si el Arraigo Familiar ha sido concedido, el ciudadano podrá vivir y trabajar tanto por cuenta ajena como por cuenta propia en España sin ningún tipo de limitación.

Será momento de solicitar la tarjeta física, siendo necesario:

  • Solicitud de tarjeta de identidad de Extranjero, en modelo oficial (EX 17).
  • Justificante del pago de la tasa de la tarjeta.
  • Resolución favorable de tu Arraigo Familiar.
  • Tres fotografías tamaño carné, recientes, en color y fondo blanco.

Qué hacer si el Arraigo Familiar ha sido denegado

Si el Arraigo Familiar ha sido denegado:

  • En el plazo de 1 mes desde que se reciba la notificación se podrá interponer el correspondiente recurso potestativo de reposición.
  • En el plazo de 2 meses desde que haya llegado la resolución se podrá acudir a la vía judicial e interponer el Recurso Contencioso Administrativo.

Renovación del permiso de Residencia por Arraigo Familiar

La duración de la autorización de residencia es de 5 años a excepción de hijos de padres originariamente españoles que será de 1 año.

Cuando la autorización de residencia esté a punto de caducar será preciso renovarla o modificarla, para de este modo poder seguir viviendo en España de forma legal.

Si necesitas información o ayuda a la hora de solicitar, conseguir o renovar la Tarjeta de Residencia por Arraigo Familiar en nuestro despacho de Abogados en Madrid podemos ayudarle.

Contacte con nosotros a través de una llamada de teléfono o correo electrónico y cuéntenos su caso.

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