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Abogado Extranjería Madrid

Bufete especializado en derecho de inmigración

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Nueva Ley de Extranjería del 20 de Noviembre de 2024:
Real Decreto 1155/2024, de 19 de noviembre, por el que se aprueba elReglamento de la Ley Orgánica 4/2000, de 11 de enero, sobre derechos y libertades de los extranjeros en España y su integración social.
NUEVA LEY EXTRANJERIA 20/11/2024
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Ley de extranjería

Cada trámite tiene su propia tabla normativa, o dicho de otro modo, su propia regulación jurídica. Nuestros abogados expertos en derecho de inmigración le informarán sobre la nueva ley de extranjería para obtener la nacionalidad española.

denegación visado

Denegación de visado

¿Le han denegado la nacionalidad española?, ¿le han denegado el visado de residencia?, ¿tiene abierto un expediente de expulsión? Nuestros abogados se encargarán de realizar los recursos necesarios para su tranquilidad.

reagrupacion familiar

Reagrupación familiar

Nuestros abogados le asesoraran de los distintos trámites para que una persona extranjera que reside legalmente en España desde hace un año pueda solicitar la concesión de una autorización de residencia y trabajo a sus familiares.

residencia por arraigo

Residencia por arraigo

El arraigo en solicitudes de residencia se basa en cuatro pilares: social, familiar, laboral y de formación. Cada uno demuestra vínculos arraigados en la comunidad, la familia, el trabajo estable y la formación académica, respectivamente.

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¡¡NUEVA LEY DE EXTRANJERÍA PARA OBTENER LA NACIONALIDAD ESPAÑOLA!!

El Ministerio de Justicia ha elaborado una tabla con el objetivo fundamental de facilitar el acceso a toda la normativa relacionada con el ámbito de la nacionalidad española y el estado civil. Así, podemos encontrar una recopilación de toda la legislación existente en España sobre dichas materias.

Expertos profesionales a su servicio

Asesoramiento legal inmigración

01.Autorizaciones de residencia

Existen varios supuestos para obtener un permiso de residencia de acuerdo a la necesidad específica de cada ciudadano.

02.Matrimonios mixtos

Los ciudadanos españoles y extranjeros tienen derecho a contraer matrimonio en España, no importa su situación legal.

03.Rechazo en aeropuerto

Puede conducirse por vías legales de manera que la persona rechazada vea salvaguardados sus derechos.

04.Residencia para menores

Los hijos menores de edad de ciudadanos extranjeros con residencia legal en España, tienen derecho a residencia.

EXPERTOS EN DERECHO DE EXTRANJERÍA

Te asesoraremos con toda eficacia y rapidez

permisos de residencia
Permisos de residencia

Otra solicitud habitual por parte de personas extranjeras, pertenecientes a países ajenos a la UE, es la de permisos de residencia por temporadas más o menos largas. Nuestros abogados le explican todas las particularidades de su caso una vez Vd. lo haya expuesto.

adquisicion nacionalidad
Adquisición de nacionalidad

La nacionalidad española es la condición de las personas que son miembro de la comunidad nacional española. Existen dos formas de adquirir dicha nacionalidad: Originaria y derivada y la automática como cuando un menor es adoptado por un español.

tarjeta de estudiante
Tarjeta de estudiante

Se trata de un trámite que se realiza en dos partes. En la primera se consigue el Visado por Estudios en el Consulado del País de origen, y en la segunda, una vez ha entrado en España, deberá cambiar su Visado por la Tarjeta Inicial de Estudiante.

RECURSO ESTIMADO CONTRA DENEGACIÓN ENTRADA AEROPUERTO MADRID
RECURSO ESTIMADO CONTRA DENEGACIÓN ENTRADA AEROPUERTO MADRID

Somos expertos en la asistencia de rechazados en frontera, situación está habitual en el aeropuerto de Madrid que normalmente viene motivada por la no acreditación del objeto y condiciones de a estancia en España y la no acreditación de medios económicos.

Abogado extranjeria Madrid

despacho abogados

En el despacho de Abogado Extranjería Madrid, contamos con abogados especialistas en materia de derecho de inmigración.

En la situación actual española, la migración se está intensificando por momentos, por ello es un tema con el que convivimos día y día. Gracias a ello y tras años de trabajo y experiencia, sabemos cómo obtener resultados llenos de profesionalidad y gratitud para nuestro cliente.

Nuestro trabajo está basado en la honestidad, constancia, trato directo y una estrecha relación con el cliente, de manera que nuestra labor se desarrolla de manera exhaustiva y minuciosa, buscando lo mejor para nuestros clientes y protegiendo así sus intereses.

NUESTROS SERVICIOS

En Abogado Extranjería Madrid damos solución a todo tipo de servicio en cuanto a extranjería se refiere tal y como: permisos de trabajo, visados, permisos de residencia, regularización, arraigo social y laboral, nacionalidad, reagrupación familiar, matrimonios, tarjetas de estudiante, homologación de documentos, expedientes de expulsión...

RECURSOS DE EXTRANJERÍA

Con el fin de resolver distintas situaciones que afectan a personas inmigrantes, nuestros abogados profesionales facilitan actuaciones en el ámbito legal, como los recursos de extranjería. Son procedimientos que procuran la salida más óptima para aquellos extranjeros que ven sus derechos en peligro. En el caso de los recursos de extranjería, pueden interponerse recursos de alzada, reposición y contencioso administrativos.

Este tipo de recursos son interpuestos en las instancias correspondientes, como los diferentes Tribunales de Justicia. Los integrantes del equipo de abogados que le presentamos llevan a cabo las redacciones y las tramitaciones óptimas para que los procedimientos den fruto.

Nuestros clientes encuentran la satisfacción de sentirse protegidos por actuaciones rápidas y solventes ante diversos problemas: renovaciones, permisos de residencia por arraigo, por estudios... residencias de larga duración, obtención de visados, nacionalidad... La denegación de nacionalidad es una de las situaciones habituales a que se enfrenta nuestro despacho de abogados en Madrid.

También tratamos rechazos en frontera o expulsiones, presentando las interposiciones en los plazos indicados (dos meses para los recursos contencioso-administrativos y un mes para los recursos de reposición). Además de la actuación con estos procedimientos, algunos especialistas aconsejan la petición de medidas cautelares o también cautelarísimas.

ADQUISICIÓN DE NACIONALIDAD ESPAÑOLA

La nacionalidad española es la condición de las personas que son miembro de la comunidad nacional española. Existen dos formas de adquirir dicha nacionalidad:

1) Originaria y derivada: La doctrina tradicional venía distinguiendo entre una adquisición originaria y una adquisición derivada de la nacional, según ésta se atribuyera o no desde el momento del nacimiento. Puede existir el caso de “españoles de origen”, los cuales, desde su nacimiento vinieran ostentando una nacionalidad distinta a la española. Por ello, según nuestra Constitución española, “ningún español de origen podrá ser privado de su nacionalidad”(art.11.2), lo que excluye la privación por sanción judicial o administrativa para los españoles que lo sean “de origen”.

Además, según el artículo 11.3 de la Constitución, los españoles no pierden la nacionalidad aunque adquieran la de alguno de los países iberoamericanos o la de alguno de los países que tengan una particular vinculación con España, como Andorra, Filipinas, Guinea Ecuatorial y Portugal.

2) Automática: Se adquiere de forma automática la nacionalidad española sin necesidad de que el interesado tenga que declararlo, ni de un acto de reconocimiento por la autoridad, ni de inscribirse en el Registro Civil por la adquisición de dicha nacionalidad. Estos casos se dan cuando se trata de una persona con filiación de español, o alguien que es adoptado por un español durante la minoría de edad, etc.

HOMOLOGACIÓN DE DOCUMENTOS PÚBLICOS

La legalización de documento público extranjero es el acto administrativo a través del cual se dota de validez al mismo. Esta actuación se lleva a cabo por un funcionario, notario o juez con el fin de comprobar la autenticidad de lafirma presente así como la calidad de la autoridad firmante del documento.

Tanto cualquier documento público extranjero en España como cualquier documento público español en el extranjero para ser válido debe pasar por este procedimiento de legalización. Es posible la existencia de instrumentos jurídicos que eximan de esta obligación.

Dada nuestra realidad en la que los intercambios entre países son numerosos, se intenta facilitar la legalización de estos documentos. Para ello, los distintos países, y entre ellos España, han firmado convenios, en especial el Convenio de La Haya, en que se facilita los trámites a sus ciudadanos, de modo que, en el supuesto de legalización, los países firmantes llevaran a cabo un reconocimiento mutuo de los documentos suprimiendo la necesidad de este acto administrativo, bastando un simple sello o apostilla.

Los originales de los documentos públicos o bien las copias auténticas expedidas por las Autoridades de la Administración Pública son objeto de legalización, así como testimonios realizados por notario.