El visado de residencia para inversores permite a un ciudadano extranjero/a y a su familia vivir de manera legal en España sin tener una oferta de trabajo, sin contar con un familiar de descendencia española solicitante.
Contacte con nuestro Despacho de Abogados de Extranjería en Madrid, y le ayudaremos a conseguir una visa, autorización de residencia y ciudadanía española a través de una inversión inmobiliaria.
La concesión del visado de residencia para inversores permite al solicitante poder residir y trabajar en España durante su vigencia.
Entre los requisitos generales a cumplir para su estancia o residencia:
También podrán solicitar el visado de residencia:
Toda la documentación oficial presentada (certificado de nacimiento/defunción, certificado de matrimonio/divorcio, antecedentes penales), debe estar legalizada a través de su representación consular o con la Apostilla de La Haya, a excepción de los documentos oficiales emitidos por un Estado miembro de la Unión Europea, que no necesitarán legalización.
En el caso de que el menor viaje con tan solo uno de los progenitores, se precisa la autorización notarial del otro progenitor o documento oficial que pruebe su custodia exclusiva, y traducido al español por un traductor jurado.
El Visado de residencia para inversores de capital, va dirigido a inversores de capital con una inversión inicial por un valor igual o superior a:
Este visado de residencia también va dirigido a:
Para ello debe de acreditarse la realización de la inversión en la cuantía mínima exigida en un periodo de tiempo que no supere al año de la presentación de la solicitud del visado, en cualquiera de los siguientes supuestos:
El visado de residencia para inversores va destinado a:
Para ello será necesario presentar la siguiente documentación:
La concesión del visado de residencia para inversores constituirá título suficiente para residir y trabajar en España durante su vigencia.
La autorización inicial de residencia para inversores tendrá una duración de 2 años.
Cumplido dicho plazo, si los inversores extranjeros están interesados en vivir en el país, siempre y cuando se mantengan las condiciones generadas por derecho, podrán solicitar la renovación por periodos sucesivos de 5 años.
Si en el periodo de residencia autorizado la inversión se modifica deberá de mantenerse el cumplimiento de alguno de los supuestos previstos en el artículo 63, no siendo de aplicación esta previsión en aquella situación de que la variación del valor corresponda a cambios del mercado.
Si desea saber más sobre residencia por inversión, requisitos a cumplir contacte con nuestro Despacho de Abogados de Extranjería en Madrid en donde le ofreceremos un servicio integral, teniendo en cuenta su perfil y objetivos personales.
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