Visado residencia para inversores

Visado residencia trabajador

El visado de residencia para inversores permite a un ciudadano extranjero/a y a su familia vivir de manera legal en España sin tener una oferta de trabajo, sin contar con un familiar de descendencia española solicitante.

Contacte con nuestro Despacho de Abogados de Extranjería en Madrid, y le ayudaremos a conseguir una visa, autorización de residencia y ciudadanía española a través de una inversión inmobiliaria.

Requisitos generales

La concesión del visado de residencia para inversores permite al solicitante poder residir y trabajar en España durante su vigencia.

Entre los requisitos generales a cumplir para su estancia o residencia:

  • No encontrarse de manera irregular en territorio español.
  • Ser mayor de 18 años.
  • Carecer de antecedentes penales.
  • No figurar como ciudadano rechazable dentro de los países con los que España tenga firmado un convenio.
  • Disponer de seguro público o privado.
  • Contar con recursos suficiente para sí y para la familia.
  • Abono de la tasa de tramitación de la autorización o visado.

También podrán solicitar el visado de residencia:

  • El cónyuge o pareja con análoga relación de afectividad
  • Los hijos menores de 18 años o mayores que, dependiendo económicamente del titular, no hayan constituido por sí mismos una unidad familiar
  • Ascendientes a cargo

Toda la documentación oficial presentada (certificado de nacimiento/defunción, certificado de matrimonio/divorcio, antecedentes penales), debe estar legalizada a través de su representación consular o con la Apostilla de La Haya, a excepción de los documentos oficiales emitidos por un Estado miembro de la Unión Europea, que no necesitarán legalización.

En el caso de que el menor viaje con tan solo uno de los progenitores, se precisa la autorización notarial del otro progenitor o documento oficial que pruebe su custodia exclusiva, y traducido al español por un traductor jurado.

Visado de residencia para inversores de capital

El Visado de residencia para inversores de capital, va dirigido a inversores de capital con una inversión inicial por un valor igual o superior a:

  • 2.000.000 de Euros en títulos de deuda pública española.
  • 1.000.000 de Euros en acciones o participaciones sociales de sociedades de capital españolas con una actividad real de negocio en fondos de inversión, fondos de inversión de carácter cerrado o fondos de capital riesgo.
  • 1.000.000 de Euros en depósitos bancarios en entidades financieras españolas.

Este visado de residencia también va dirigido a:

  • La adquisición de bienes inmuebles en España con una inversión de valor igual o superior a 500.000 euros por cada solicitante.
  • Un proyecto empresarial que vaya a ser desarrollado en España que cumpla la siguientes condiciones:
    • Creación de puestos de trabajo.
    • Inversión con impacto socioeconómico importante en el lugar a desempeñar la actividad.
    • Importante aportación con respecto a la innovación científica y/o tecnológica.

Para ello debe de acreditarse la realización de la inversión en la cuantía mínima exigida en un periodo de tiempo que no supere al año de la presentación de la solicitud del visado, en cualquiera de los siguientes supuestos:

  • Inversión en acciones no cotizadas o participaciones sociales.
  • Inversión en acciones cotizadas.
  • Inversión en deuda pública.
  • Fondos de inversión, fondos de inversión de capital de riesgo constituidos en España, fondos de carácter cerrado.

A quiénes va destinado el visado de residencia

El visado de residencia para inversores va destinado a:

  • Inversores que presenten un proyecto empresarial a desarrollar en España
  • Para todo aquel que tenga previsto viajar y vivir en España por un periodo de un año con el objetivo principal de ejecutar los trámites necesarios para desempeñar una actividad emprendedora.

Para ello será necesario presentar la siguiente documentación:

  • Como persona destinada a presentar un proyecto empresarial:
    • Informe favorable, procedente de la Oficina Económica y Comercial, que constate que en el proyecto existen razones de interés general.
  • Como persona a desempeñar una actividad emprendedora:
    • Informe favorable emitido por la Oficina Económica y Comercial, que asegure que se trata de una actividad emprendedora de carácter innovador y con especial interés económico para el país.

Duración de la autorización de residencia para inversores

La concesión del visado de residencia para inversores constituirá título suficiente para residir y trabajar en España durante su vigencia.

La autorización inicial de residencia para inversores tendrá una duración de 2 años.

Cumplido dicho plazo, si los inversores extranjeros están interesados en vivir en el país, siempre y cuando se mantengan las condiciones generadas por derecho, podrán solicitar la renovación por periodos sucesivos de 5 años.

Si en el periodo de residencia autorizado la inversión se modifica deberá de mantenerse el cumplimiento de alguno de los supuestos previstos en el artículo 63, no siendo de aplicación esta previsión en aquella situación de que la variación del valor corresponda a cambios del mercado.

Si desea saber más sobre residencia por inversión, requisitos a cumplir contacte con nuestro Despacho de Abogados de Extranjería en Madrid en donde le ofreceremos un servicio integral, teniendo en cuenta su perfil y objetivos personales.

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