RENOVACIÓN DE TARJETA DE RESIDENCIA

RENOVACIÓN DE TARJETA DE RESIDENCIA

Los familiares (cónyuge, pareja, ascendientes y descendientes) de un ciudadano de un Estado miembro de la Unión Europea (U.E.), de un Estado parte en el Acuerdo sobre el Espacio Económico Europeo (EEE) o de Suiza, que no muestren nacionalidad de uno de dichos Estados, en el momento de acompañamiento o se reúnan con él, podrán residir en territorio español, por un período superior a 3 meses, estando sujetos a la obligación de solicitar y obtener una "tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la Unión.

En nuestro Despacho de Abogados Madrid, especializado en Derecho de Extranjería, le ayudaremos a como conseguirlo y poner solución a todas sus dudas relacionadas con la obtención y renovación de los diferentes permisos de residencia y trabajo, para poder vivir y trabajar legalmente en el país.

Requisitos y condiciones

El permiso de residencia es aquel documento cuyo fin es identificar a la persona extranjera a los efectos de avalar su situación legal en  territorio español.

Encontramos más de una clase y tipo de tarjetas:

  • Tarjeta inicial con un periodo de validez de 5 años.
  • Tarjeta de residencia permanente, con un periodo de validez de 10 años.

Para renovar la tarjeta de residencia como familiar comunitario temporal, validez de 5 años, debe de acreditarse la continuidad del vínculo familiar con el ciudadano comunitario.

Si el vínculo familiar se ha disuelto y ya no existe, deberá de acreditarse el cumplimiento de todos los requisitos correspondientes para poder mantenerse en este régimen.

Si se es titular de una tarjeta de residencia como familiar comunitario permanente, con validez de 10 años, con solicitud de cita previa de huellas habrá de personarse en la policía nacional para la obtención de otro permiso de 10 años.

Documentación a presentar

La documentación a presentar para la renovación del permiso de residencia es la siguiente:

  • Modelo de Solicitud de tarjeta de residencia de familiar de ciudadano de la U.E.
  • Justificante de pago de tasas.
  • Pasaporte válido y vigente. En el caso de que el pasaporte se halle caducado deberá de aportarse copia del pasaporte caducado y de la solicitud para la renovación.
  • Documentación que acredite el vínculo familiar, apostillada o legalizada y traducida.
  • N.I. español o Certificado de Registro de ciudadano de la Unión.
  • En su caso, acreditación vivir a expensas.
  • Tres fotografías recientes en color, en fondo blanco, tamaño carné.

Renovación del Permiso de Residencia

Existen distintos tipos de permiso de residencia, Régimen general y Régimen comunitario; por lo que el procedimiento de renovación será diferente en función del supuesto en el que uno se encuentre.

  • Régimen general: Aplicable a las personas extranjeras que no sean comunitarias, ni familiares de comunitarios y que tampoco se encuentren dentro del ámbito del asilo y refugio.
  • Régimen comunitario: Aplicable a aquellas personas que sean familiares de un ciudadano/a comunitario/a, no que no ostenten dicha nacionalidad y que vayan a residir en España por un período superior a 3 meses

Si se es titular de un permiso de residencia de régimen general de extranjería, podrá presentarse la renovación en el plazo de 60 días antes de la fecha de caducidad o 90 días después.

Tipos de permisos de residencia de régimen general

En función del tipo de permiso de residencia las condiciones y requisitos no son las mismas:

  • Permiso de larga duración:
    • Acudir con cita previa a la Policía Nacional a echar las huellas. En un plazo de 40 días se podrá recoger el permiso de residencia con validez para 5 años.
  • Permiso de residencia por circunstancias excepcionales (arraigo social o familiar):
    • Presentar la solicitud vía telemática al cabo de una año
    • No se trata de renovación sino una modificación a un permiso de residencia y trabajo con validez para 2 años.
  • Permiso de residencia y trabajo por cuenta propia / cuenta ajena:
    • Presentación del permiso vía telemática.
    • Permiso de residencia con validez de 2 años, con renovación de validez para otros 2 años.
  • Reagrupación familiar:
    • Siempre que se mantenga el vínculo familiar se presentará de forma conjunta con la renovación del familiar reagrupante.
  • Residencia NO lucrativa:
    • Todo ciudadano que haya venido a España por periodo de 1 año con permiso de residencia no lucrativa, podrá renovar por otros 2 más.
  • Residencia por estudiante:
    • Se considera prórroga de permiso de estancia como estudiante y permiso de trabajo.
    • Acreditación de que las pruebas has sido superadas y continúan con los estudios.
    • Cumplidos los 3 años de estancia, podrá tramitarse una modificación a permiso de residencia y trabajo.

Tipos de permisos de residencia de régimen comunitario

La renovación deberá presentarse 1 mes antes de la caducidad del permiso y hasta 3 meses después.

Podrá tramitarse de forma telemática no siendo necesario acudir con cita previa.

Encontramos 2 tipos de permisos diferentes:

  • Titular de tarjeta de residencia como familiar comunitario temporal, con validez de 5 años. Para ello:
    • Debe de acreditarse la continuidad del vínculo familiar.
  • Titular de tarjeta de residencia como familiar comunitario permanente con validez de 10 años, para ello:
    • Personarse en la Policía Nacional con cita previa de huellas y podrá obtenerse un permiso de 10años de validez.

Para más información, o si ya has presentado tu solicitud y nos sabes como continuar con el procedimiento porque te han surgido varias dudas, contacta con nuestro Despacho de Abogados de Extranjería, Madrid.

Estaremos encantados de poderle ayudar.

INFORMACIÓN Y PRESUPUESTO ON-LINE