Residencia no lucrativa

Residencia no lucrativa

La residencia no lucrativa es uno de los visados más demandados y fáciles de conseguir; por lo que si deseas venir a España y no trabajar (al menos durante el primer año) o bien vivir en el país sin realizar una actividad lucrativa laboral o profesional siempre y cuando se disponga de suficientes medios de subsistencia totalmente garantizados, sin duda alguna es la mejor opción.

Qué es la residencia no lucrativa

El visado de residencia no lucrativa es un tipo de residencia en España que se otorga a ciudadanos no Europeos con fondos suficientes, es decir, una autorización de residir en el país sin realizar ningún tipo de actividad económica.

Este tipo de autorización, es extensible tanto para el solicitante principal como para su familia, puesto que también pueden vivir en el país con la persona que lo solicita. 

El visado consiente la permanencia en el país durante 1 año desde la entrada en el país, puesto que se trata de una autorización de residencia inicial renovable de forma sucesiva (2 años cada renovación) hasta llegar a los 5 años y obtener la residencia permanente o de larga duración.

Entre sus principales particulares es que no permite ejercer ningún tipo de actividad económica en ninguna empresa del país, ya que se trata de un tipo de residencia sin fines de lucro.

Tampoco en necesario realizar ningún tipo de inversión para conseguir la residencia, lo que lo hace un permiso de fácil adquisición.

Con la parte no lucrativa, el ciudadano solicitante tan solo deberá de preocuparse de disponer de medios económicas suficientes que le permitan poder vivir en el país y que la estancia en el país no ocasione gasto alguno al Gobierno.

Quién puede optar por este visado de residencia no lucrativa

El visado de residencia no lucrativa es ideal para:

  • Todo ciudadano que desea retirarse en España
  • Para todo ciudadano extranjero que cuenta con fondos económicos suficientes que le permiten vivir en España sin necesidad de trabajar.
  • Para todas aquellas personas que desean venir a España durante 1 año sabático, sin trabajar tan solo de turista, pero después de año Sí les gustaría trabajar en su actividad de trabajo.

La residencia no lucrativa no está permitida a todo ciudadano, por ejemplo, para todos aquellos ciudadanos extranjeros que quieren trabajar de manera remota en España.

Ventajas de la Residencia No Lucrativa

Entre las principales ventajas de la Residencia No Lucrativa cabe destacar:

  • Posibilidad traer a la familia (pareja, hijos menores de 18 años) mediante una solicitud conjunta, permitiendo vivir en España desde el primer momento. Para ello:
    • Tan solo se precisa demostrar que los medios económicos disponibles son suficientes para cubrir a la familia.
    • No es necesario haber residido en el país como sucede con otros visados.
  • Posibilidad de conseguir la residencia de larga duración y luego la nacionalidad:
    • Primeramente una autorización de residencia temporal con duración de 1 año.
    • Posteriormente esta puede renovarse una y hasta dos veces con duración de 2 años cada renovación hasta llegar a los 5 años.
    • En el momento de solicitar la tercera renovación se podrá solicitar la residencia de larga duración con la que residir en el país sin renovar durante 5 años.
    • Para finalizar se podrá solicitar la ciudadanía española, o nacionalidad.
    • Si se es ciudadano latino – americano, tan solo es necesario residir 2 años con el visado de residencia no lucrativa para optar por la nacionalidad.
  • Aunque este visado no autoriza trabajar, sí se podrá invertir por ejemplo en acciones para de este modo obtener ingresos extra.
  • Permite estudiar, inscribirse en un centro educativo y realizar prácticas de carácter formativo en una empresa la cuales no podrán ser remuneradas.
  • No es necesario invertir o adquirir bienes inmuebles para obtener el visado de residencia lucrativa, tan solo demostrar que uno tiene fondos económicos suficientes para vivir en el país.
  • Permite viajar por todo el territorio Schengen con total libertad.

Requisitos a cumplir

A la hora de solicitar el llamado visado lucrativo es preciso cumplir varios requisitos, entre ellos:

  • Demostrar la posesión de dinero suficiente o fondos económicos en la cuenta bancaria
  • Demostrar que se poseen medios económicos suficientes para traer a la familia
  • Disponer de un seguro médico privado con cobertura total en España
  • Carecer de antecedentes penales tanto en España como en el país de origen
  • No encontrarse en situación irregular en el país
  • No tener prohibida la entrada a la zona Schengen

POSESIÓN DE FONDOS ECONÓMICOS EN LA CUENTA

Para la obtención de un visado lucrativo de manera exitosa será preciso demostrar que se dispone de suficientes fondos o medios económicos, que aseguren poder residir en el país sin necesidad de que el gobierno deba de hacerlo.

Para ello será preciso demostrar que se dispone del 400% del IPREM anualmente en la cuenta bancaria, aunque desde nuestro Despacho de Abogados Madrid aconsejamos disponer de algo más.

Según la Ley de Inmigración española puede utilizarse cualquier tipo de prueba  que demuestre la posesión de los fondos económicos, los cuales deben de estar al nombre del solicitante principal.

Habitualmente, los consulados españoles exigen un certificado bancario que muestre el dinero líquido disponible en la cuenta, generalmente se solicitan los extractos bancarios de los últimos 6 meses.

Además, siempre y cuando se garantice la validez por parte de la entidad bancaria, las tarjetas de crédito o los valores de la propiedad también podrán ser utilizados.

El dinero no tiene porque estar en la misma entidad bancaria, puede tenerse parte en una entidad bancaria española y otra parte en otro país.

POSESIÓN DE MEDIOS ECONÓMICOS PARA TRAER A LA FAMILIA

La residencia no lucrativa a través de una solicitud conjunta, permite traer a la familia (cónyuge e hijos menores de 18 años o mayores de edad a su cargo) a España.

Para hacer la solicitud conjunta y conseguir una autorización de residencia de manera sencilla, será necesario demostrar por cada miembro que venga al país, un 100% adicional del IPREM.

SEGURO MÉDICO PRIVADO

A diferencia de los demás tipos de residencia en las que el seguro médico puede ser público o privado, con la residencia lucrativa no sucede lo mismo ya que la póliza de seguro médico ha de ser privada y con una serie de condiciones:

  • El seguro privado ha de ser contratado a una empresa española que preste servicio en España y al menos con 1 año de duración.
  • Deberán de estar incluidas todas las especialidades del sistema sanitario público español.
  • La cobertura ha de ser total, en todo el territorio español.

CARECER DE ANTECEDENTES PENALES

Al igual que los demás tipos de residencias es obligado carecer de antecedentes penales tanto en España como en el país de origen.

Además, el ciudadano tampoco puede encontrarse en situación irregular en el país, ni tener prohibida la entrada a la zona Schengen.

Proceso de solicitud legal

Una de las principales ventajas de la residencia no lucrativa es que su proceso de solicitud en muy simple:

  • Solicitud del visado en el país de origen
  • Consecución de la TIE una vez en España

CÓMO SOLICITAR EL VISADO

La solicitud da comienzo en el país de origen o lugar de residencia legal. Venir a España como turista no va a permitir poder realizar el procedimiento, ya que de manera obligatoria, deberá de hacerse fuera del país.

Para ello:

  • Enviar toda la documentación requerida al Consulado Español
  • Estudio y análisis de los expedientes por la delegación del gobierno
  • Emisión del resultado en un mes
  • Si no hay respuesta en el plazo de un mes, la solicitud se entiende como denegada por silencio administrativo.
  • En el momento que hay respuesta favorable, ya se podrá viajar a España.

CONSECUCIÓN DE LA TIE (TARJETA DE INDENTIDAD DE EXTRANJERO)

Con el visado ya en regla:

  • Se puede viajar a España debiéndolo de hacer en un máximo de 3 meses, para ello no es necesario solicitar el número de NIE, ya que vendrá incluido con el visado.
  • Empadronarse en el municipio donde se va a residir
  • En el plazo máximo de 1 mes, personarse en una comisaría de policía para registrar las huellas y recibir la tarjeta TIE
  • En un plazo de 40 días se recibirá la autorización de residencia, siendo ya residente legal en el país empezando a contar para la consecución de la ciudadanía.

Documentos a aportar para la obtención del visado de residencia no lucrativa

La documentación a aportar para la obtención del visado de residencia no lucrativa es la siguiente:

  • Formulario de Visa Nacional.
  • Modelo de solicitud Ex_01
  • Seguro médico privado de una empresa española
  • Certificado bancario que demuestre la posesión de cuantía económica suficiente para poder vivir en el país durante el período de 1 año
  • Fotos de carnet con fondo blanco
  • Pasaporte original
  • Certificado médico que asegure la inexistencia de enfermedad reconocida que impida la entrada en el país
  • Certificado de antecedentes penales, legalizado y/o apostillado.

Todo el proceso legal es bastante rápido pudiendo llegar a obtener la autorización del visado lucrativo en 5 o 6 meses o incluso en menos tiempo, aunque todo va a depender del tiempo que uno tarde en preparar toda la documentación, viajar a España y solicitar las citas precisas.

Qué hacer si la autorización del visado ha sido denegada

Hay ocasiones en las que la solicitud del visado es denegada siendo entre sus principales causas la falta de medios económicos suficientes.

No obstante no cumplir con alguno de los requisitos que se requieren también será motivo de denegación.

Si la autorización del visado ha sida denegado lo más aconsejable es solicitar los servicios de un abogado de extranjería capaz de iniciar una apelación o recurso, alegando que la solicitud ha sido rechazada de un modo indebido y de esta manera poder obtener el visado.

En nuestro Despacho de Abogados Madrid le ayudaremos solventar cualquier problema que haya tenido con su solicitud para que sea aprobada.

Renovación del permiso no lucrativo

En el momento que finaliza el primer año de residencia no lucrativa, existen 2 opciones:

  • Renovación del permiso no lucrativo, para ello será necesario:
    • Cumplir con todas las condiciones
    • Demostrar la cuantía económica para 2 años y no para 1 año como la primera vez.
  • Modificar el permiso lucrativo hacia un permiso de trabajo ya sea por cuenta ajena como por cuenta propia.

Esta segunda opción es la mejor de las opciones para todos aquellos ciudadanos que tienen ahorros suficientes para permanecer en el país durante 1 año y dedicar sus últimos meses en la búsqueda de un trabajo en el país. Una vez encontrado un puesto de trabajo, el proceso para el empleador será muy sencillo puesto que ya dispone de autorización para residir.

Modificar el permiso lucrativo  de residencia a residencia y trabajo por cuenta ajena o como persona que trabaja por cuenta propia (autónomo) otorgará una autorización para residir y trabajar en España durante 2 años más.

Impuestos a pagar con la residencia no lucrativa

Es importante tener presente que para poder renovar, el permiso de residencia no lucrativa exige la permanencia en España de un mínimo de 183 días al año en el país, situación que hace que uno se convierta en residente fiscal. Ello significa:

  • Pagar el IRPF por las rentas obtenidas a nivel mundial
  • Pagar impuesto sobre las ganancias de capital en el caso de invertir en acciones empresariales y se genere un beneficio derivado de las inversiones.
  • Impuestos asociados a la compra de una vivienda.

Ante cualquier tipo de duda legal que tenga relacionada con la residencia lucrativa no dude contactar con nuestro Despacho de Abogados Madrid, en donde nos encontrará a su entera disposición.

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