Arraigo de formación

Arraigo de formacion

El arraigo para la formación a diferencia del arraigo familiar, laboral y social, no se trata de una residencia para poder vivir y trabajar en territorio español.

El arraigo para la formación permite estudiar y/o formarse en España durante un máximo de 2 años, con la finalidad de, posteriormente cambiar a un permiso de trabajo. Para ello se precisa haber estado viviendo en España de manera irregular durante al menos 2 años.

En el arraigo para la formación se tendrá en cuenta el curso que se está realizando en el momento ya sea presencial o híbrido (presencial y online).

Existen varias opciones a tener en cuenta:

  • Formación regulada dentro del Sistema de Formación Profesional.
  • Formación para la obtención de un certificado de aptitud técnica
  • Realización de estudios universitarios como lo es un máster
  • Estudios autorizados por los Servicios Públicos de Empleo
  • Formación para la obtención de micro-credenciales

En el momento de la solicitud del permiso no se precisa estar realizando la formación o estudios, pero si justificar que van a realizarse y empezar en un plazo de 3 meses después de la obtención de dicho permiso.

Si llevas cierto tiempo en España de manera irregular, sin permiso de residencia es hora de contactar con nuestro Despacho de Abogados Madrid en donde le mostraremos las diferentes vías existentes que necesitas para regularizar tu situación y obtener la residencia temporal por circunstancias excepcionales.

La residencia por arraigo es una la mejores de las opciones existentes para regularizar la situación en el país y lograr la residencia temporal por circunstancias excepcionales.

En España existen 4 tipos diferentes de arraigo con sus requisitos y exigencias.

En nuestro Despacho de Abogados Madrid, expertos los diferentes tipos de arraigos, le informaremos y ayudaremos en los diferentes pasos a dar, para vivir y trabajar de manera legal en el país.

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