Este artículo explica de forma clara el trámite mediante el cual una persona extranjera que ha estado en España bajo una autorización de estancia por estudios superiores, enseñanza secundaria, actividades formativas o formación sanitaria especializada puede solicitar cambiar su situación a una autorización de residencia (y en su caso de trabajo) conforme a la Hoja 58 publicada por el Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones.
¿Qué permite este trámite?
La modificación permite que quien está en España con una autorización de estancia para estudiar pueda pasar a una autorización de residencia bajo alguna de las siguientes modalidades:
Residencia temporal y trabajo por cuenta ajena.
Residencia temporal y trabajo por cuenta propia.
Residencia temporal con excepción de autorización de trabajo (residir sin realizar actividad laboral).
Residencia por reagrupación familiar, en los casos previstos.
Residualmente, otras modalidades como la búsqueda de empleo o proyecto empresarial conforme a la normativa aplicable.
Requisitos principales
Para solicitar este cambio se exigen los siguientes requisitos clave:
Haber obtenido la titulación o certificado correspondiente de los estudios o formación realizados.
No haber sido beneficiario de becas o subvenciones en programas de cooperación para el desarrollo sostenible o de acción humanitaria del Estado español o del país de origen.
No tener antecedentes penales en España ni en los países donde se haya residido durante los últimos cinco años, por delitos tipificados en la normativa española.
No figurar como persona “rechazable” conforme a convenios internacionales de España.
Presentar un contrato de trabajo (para cuenta ajena) que cumpla los requisitos legales o bien acreditar el proyecto de actividad para cuenta propia.
Documentación habitual
Se debe aportar, entre otros, los siguientes documentos:
Formulario de solicitud oficial (modelo EX-26) debidamente cumplimentado.
Copia del pasaporte o título de viaje en vigor del solicitante.
Certificación acreditativa de haber superado los estudios o la formación que motivó la estancia.
Contrato de trabajo firmado (en el caso de residencia y trabajo por cuenta ajena) o plan de negocio y justificación de los medios en el caso de cuenta propia.
En su caso, documentos que acrediten que no se ha sido beneficiario de las becas o subvenciones citadas.
Traducción al castellano y legalización o apostilla de los documentos extranjeros cuando corresponda.
Procedimiento de tramitación
Los pasos habituales son:
Presentar la solicitud ante la autoridad competente (Oficina de Extranjería o de forma telemática si corresponde).
Abono de la tasa correspondiente (Modelo 790, código que corresponda a la modificación).
La administración examina que se cumplan los requisitos, revisa contrato, formación, medios, etc.
Resolución: si es estimada, se concede la autorización solicitada; si se deniega, se notifica con los motivos. El plazo varía según la comunidad autónoma.
Una vez concedida, el interesado debe solicitar la Tarjeta de Identidad de Extranjero (TIE) y cumplir los requisitos laborales o de actividad según la autorización.
Consideraciones importantes
Esta modificación supone una oportunidad para que la persona que ha estado estudiando en España pueda integrarse al mercado laboral sin necesidad de salir del país.
Es fundamental que el cambio se solicite tras haber concluido satisfactoriamente los estudios o formación que motivó la estancia, y dentro de los plazos que la normativa permita.
La modalidad que se solicite (cuenta ajena, cuenta propia, residencia sin trabajo) debe ajustarse al perfil del interesado: por ejemplo, contar con contrato o proyecto, recursos suficientes, etc.
En resumen: si te encuentras en España con una autorización de estancia por estudios o formación, la Hoja 58 te habilita para solicitar su modificación hacia una autorización de residencia y, en su caso, trabajo. Cumplir los requerimientos de titulación, contrato/proyecto, medios de vida y no haber sido beneficiario de ciertas becas, es clave para obtenerla. Esta vía facilita que puedas pasar de estudiar a trabajar en España de forma legal y estructurada.