La autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales – colaboración con autoridades policiales, fiscales, judiciales o de seguridad nacional es una figura excepcional del ordenamiento español que permite a ciertas personas extranjeras obtener un permiso de residencia (y trabajo) cuando han colaborado activamente con las autoridades competentes o concurren razones de seguridad nacional o interés público que lo justifican. Esta vía está recogida en la Hoja 33 del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones (MISSM) y en el art. 127 del Reglamento de la Ley Orgánica 4/2000 tras la reforma del reglamento en el Real Decreto 1155/2024.
Esta autorización se configura como una residencia temporal por circunstancias excepcionales, conforme al Capítulo I del Título VII del Reglamento de la Ley de Extranjería. Su finalidad es reconocer la contribución de personas extranjeras que colaboran con las autoridades o que se encuentran en situaciones de interés público o de seguridad nacional, y que por ello pueden acceder a una regularización distinta a los supuestos de arraigo tradicionales.
Para obtener esta autorización es necesario cumplir una serie de requisitos comunes, además del supuesto habilitante de colaboración o seguridad nacional:
La Hoja 33 señala los documentos básicos que deben acompañar la solicitud. A modo de resumen orientativo:
El procedimiento se lleva a cabo de la siguiente forma:
La autorización concedida tiene una vigencia inicial de un año, con posibilidad de prórroga anual siempre que se mantengan las razones que motivaron su concesión. Asimismo, una vez se verifique el cumplimiento de los requisitos establecidos, esta autorización puede actuar como antecedente para solicitar otro tipo de residencia, incluso de larga duración.
Dada su naturaleza excepcional y los altos estándares de colaboración que exige la normativa, es imprescindible contar con asesoramiento legal especializado en extranjería, particularmente en el ámbito de Madrid, para estructurar adecuadamente la solicitud, acreditar la colaboración requerida y asegurar que toda la documentación esté en regla. La misión de este permiso no es solamente regularizar la residencia, sino poner en valor una contribución a la seguridad, justicia o interés público del Estado.
Nota editorial: Esta guía técnica se basa en la Hoja 33 del MISSM sobre la autorización de residencia temporal por circunstancias excepcionales – colaboración con autoridades policiales, fiscales, judiciales o de seguridad nacional. Cada caso tiene particularidades según la Comunidad Autónoma, la Oficina de Extranjería competente y la situación individual. Esta publicación no sustituye el asesoramiento legal personalizado.