Permiso de estancia por estudios

Permiso de estancia por estudios

El permiso de estancia por estudios es una autorización administrativa que permite a los ciudadanos extranjeros residir legalmente en España para cursar estudios, realizar prácticas formativas o participar en programas de intercambio educativo. Este régimen se encuentra regulado por la Ley Orgánica 4/2000 y el Reglamento de Extranjería, modificado por la nueva Ley de Extranjería de mayo de 2025 y el Real Decreto 1155/2024, que modernizan el procedimiento, digitalizan la tramitación y amplían los derechos de los estudiantes extranjeros.

Concepto y finalidad

El permiso de estancia por estudios autoriza a un extranjero a permanecer en España por un periodo superior a 90 días con la finalidad principal de cursar estudios en un centro de enseñanza autorizado. No se trata de una residencia permanente, sino de una estancia temporal vinculada a una actividad académica concreta. La nueva normativa de 2025 refuerza la compatibilidad de este permiso con el trabajo y con otras actividades formativas o de investigación.

Quién puede solicitarlo

Podrán solicitar el permiso de estancia por estudios los extranjeros que deseen:

  • Cursar estudios reglados a tiempo completo en universidades, centros de educación superior o instituciones autorizadas en España.
  • Realizar actividades de investigación o formación en organismos reconocidos.
  • Participar en programas de movilidad de alumnos promovidos por instituciones oficiales o privadas.
  • Realizar prácticas formativas vinculadas a un plan de estudios o a un convenio con una entidad española.
  • Asistir a programas de voluntariado o cooperación internacional reconocidos por las autoridades españolas.

Duración y renovación

La autorización inicial tiene una duración equivalente al periodo académico, con un máximo de un año. Sin embargo, puede renovarse sucesivamente si el estudiante continúa cumpliendo los requisitos y mantiene la matrícula en vigor. Con la reforma de 2025, la renovación puede tramitarse completamente por vía electrónica a través de la plataforma de la Dirección General de Migraciones.

Durante la vigencia de la autorización, el estudiante podrá permanecer en España y viajar libremente por el espacio Schengen, siempre que su estancia principal continúe siendo en territorio español.

Requisitos generales

Para obtener el permiso de estancia por estudios, el solicitante debe cumplir las siguientes condiciones:

  • No ser ciudadano de la Unión Europea ni familiar de ciudadano comunitario.
  • No encontrarse en situación irregular en España ni tener prohibida la entrada.
  • Haber sido admitido en un centro de enseñanza autorizado para cursar un programa de estudios o formación.
  • Disponer de recursos económicos suficientes para sufragar los gastos de estancia y regreso al país de origen.
  • Contar con seguro médico que cubra la totalidad del periodo de estancia en España.
  • No padecer enfermedades que puedan tener repercusiones graves para la salud pública.

Documentación necesaria

El expediente debe presentarse ante la Oficina de Extranjería correspondiente o en el consulado español si el solicitante se encuentra fuera del territorio nacional. La documentación básica incluye:

  • Pasaporte completo en vigor.
  • Carta de admisión del centro educativo o de investigación.
  • Acreditación de medios económicos suficientes para el periodo solicitado (extractos bancarios, becas o avales).
  • Seguro médico público o privado válido en España.
  • Certificado médico y, en su caso, de antecedentes penales.
  • Formulario de solicitud EX-00 y comprobante del pago de la tasa correspondiente (modelo 790).

La nueva Ley de Extranjería de 2025 introduce la obligación de notificar electrónicamente el resultado del procedimiento y de mantener actualizada la documentación durante todo el periodo de estancia.

Compatibilidad con el trabajo

Una de las principales novedades de la reforma de 2025 es la ampliación de los derechos laborales de los estudiantes extranjeros. Ahora, el permiso de estancia por estudios permite trabajar por cuenta ajena o propia sin necesidad de solicitar una autorización adicional, siempre que la actividad laboral sea compatible con los estudios y no supere las 30 horas semanales.

Asimismo, los estudiantes que finalicen sus estudios en España podrán solicitar una autorización de residencia para la búsqueda de empleo o para emprender un proyecto empresarial, sin necesidad de abandonar el país. Esta transición directa entre la estancia y la residencia profesional facilita la integración laboral y la retención de talento internacional.

Familiares del estudiante

El estudiante extranjero puede venir acompañado de sus familiares directos (cónyuge o pareja de hecho, hijos menores de 18 años o dependientes), quienes podrán solicitar una autorización de estancia vinculada a la del titular principal. Los familiares tendrán derecho a residir legalmente en España durante el mismo periodo y podrán acceder a la educación y asistencia sanitaria en igualdad de condiciones.

La normativa de 2025 simplifica la tramitación conjunta de estas solicitudes, permitiendo su presentación simultánea por vía telemática y con resolución unificada por parte de la Dirección General de Migraciones.

Renovación y continuidad

El permiso puede renovarse siempre que se acredite la continuidad de los estudios y el cumplimiento de los requisitos económicos y sanitarios. La solicitud de renovación debe presentarse dentro de los 60 días anteriores a la expiración del permiso vigente.

La renovación garantiza la continuidad legal de la estancia y evita sanciones o la pérdida de derechos derivados del permiso inicial. Además, tras varios años de estancia legal como estudiante, el interesado podrá computar parte de ese tiempo a efectos de residencia de larga duración, conforme al nuevo marco normativo de 2025.

Digitalización del procedimiento

El Real Decreto 1155/2024 ha modernizado completamente la gestión de los permisos de estancia por estudios mediante la plataforma Gestión Migratoria Unificada, que permite:

  • Presentar solicitudes y documentos en formato digital.
  • Consultar el estado del expediente en tiempo real.
  • Recibir notificaciones electrónicas seguras.
  • Reducir los plazos de resolución a un máximo de 30 días hábiles.

La interoperabilidad con universidades, centros educativos y consulados garantiza una tramitación más rápida y transparente, adaptada al nuevo marco europeo de movilidad académica.

Intervención de la Dirección General de Migraciones

La Dirección General de Migraciones (DGM) supervisa la correcta aplicación de este régimen y coordina con las universidades y centros educativos el control estadístico de los estudiantes extranjeros. Asimismo, emite instrucciones interpretativas para unificar los criterios de admisión, renovación y compatibilidad laboral en todo el territorio nacional.

Con la nueva ley, la DGM también actúa como órgano de enlace con los países de origen de los estudiantes, facilitando el reconocimiento de títulos y la movilidad internacional dentro de programas de cooperación académica.

Conclusión

El permiso de estancia por estudios constituye una herramienta clave para la internacionalización educativa y la atracción de talento. Con la nueva Ley de Extranjería de 2025 y el Real Decreto 1155/2024, España refuerza su compromiso con la educación global, la movilidad segura y la integración de estudiantes extranjeros. La digitalización de los trámites, la compatibilidad con el trabajo y la protección de los derechos de los familiares consolidan un marco moderno y garantista, adaptado a las necesidades de la comunidad académica internacional.

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