Los visados que más comúnmente son denegados y son recurridos por nuestro despacho son: • VISADO DE ESTANCIA DE CORTA DURACIÓN • VISADO POR REAGRUPACION FAMILIAR • VISADO DE FAMILIAR DE CIUDADANO COMUNITARIO
Nuestro despacho cuenta con gran experiencia en recursos de denegaciones de visado ante el TSJ de Madrid. Consúltenos su caso y le asesoraremos sobre la viabilidad del recurso, plazos y honorarios.
Ante la denegación de cualquier visado, la propia resolución le informa los dos tipos de recursos que podrá interponer, estos son: Recurso de Reposición, en el plazo de un mes desde su notificación, ante el propio Consulado que denegó el visado; y Recurso Contencioso Administrativo, en el plazo de dos meses desde su notificación, ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
De estos dos recursos el más efectivo, sin duda, es el presentando ante el TSJ de Madrid, que demora en resolverse alrededor de 10 meses, con un porcentaje muy elevado de éxito. Todo lo contrario sucede con el recurso de reposición que es resuelto de forma muy rápida y en la mayoría de las ocasiones confirmando la resolución recurrida.
Las causas más comunes de denegación de visado son: 1. El reagrupado no vive a cargo del reagrupante. 2. El documento de viaje que ha presentado es falso o modificado; 3. No presenta la documentación necesaria que justifique el objetivo y condiciones de su estancia en el país de destino. 4. No presenta ninguna prueba de poseer suficientes recursos para su manutención de su estancia, ni recursos que le permitan volver al país de origen. etc… 5. No hay garantías de que regreso dentro del plazo de la estancia de corta duración. 6. El familiar del ciudadano comunitario no vive a cargo de este.