¿Cómo será el recurso contra la denegación de la nacionalidad?

¿Le han denegado la nacionalidad española? ¿Su recurso de Reposición ha sido desestimado? ¿Sigue convencido de que cumple todos los requisitos para obtenerla? Ya sólo queda la opción de acudir al recurso Contencioso-Administrativo, para lo que habrá que dirigir un escrito a los Tribunales, firmado por abogado y procurador. 


Es hora de ponerse en manos de su abogado, nosotros le ayudaremos con este trámite. Para redactar su demanda, la dirigiremos ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo. Haremos figurar sus datos personales y, si se interpuso recurso de Reposición, lo haremos constar igualmente.


A continuación, entraremos a motivar los hechos. En este punto explicaremos todo el procedimiento que se ha seguido, cuáles han sido los motivos de la denegación, por qué estamos en contra y toda la documentación que tengamos que acredite y sirva como medio de prueba para defender que sí que cumplimos con los requisitos legalmente establecidos para la concesión de la nacionalidad.


Tras esto, el abogado se encargará de fundamentar todo lo expuesto anteriormente con las bases legales oportunas, de manera que queden justificados legalmente todos los motivos que consideramos oportunos para que se nos conceda la nacionalidad.


Finalmente, se pedirá al Juzgado que admita la demanda, y se firmará. Tras esta formalidad, sólo cabrá esperar a que el Tribunal dicte la sentencia definitiva.

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