Extranjeros en Parla: Recurso contra la denegación de la nacionalidad

Una de las fases que debe superar un ciudadano extranjero que quiere obtener la nacionalidad de nuestro país, tras haber residido en nuestro país durante los plazos correspondientes a sus condiciones y marcados por las normas de extranjería, es un examen que demuestra la integración del solicitante en la sociedad española cuya competencia es del Registro Civil encargado de tramitar el expediente concreto. Precisamente, la no superación de este trámite es uno de los motivos más habituales de denegación de la nacionalidad española.

¿Qué se puede hacer ante una resolución denegatoria basada en estos argumentos?

Ante la denegación de la nacionalidad existen dos opciones: la interposición de un recurso de reposición para el cual se da un plazo de un mes desde la notificación de la denegación y que se interpone ante el mismo órgano que tomó la decisión inicial. Esto supone que salvo en caso de errores o supuestos muy claros, será más complicado tener éxito en nuestros objetivos.

La segunda de las opciones es interponer un recurso ante los tribunales del orden contencioso administrativo en el que el plazo para la presentación de la demanda es un poco más amplio, dos meses, pero se suele tener más posibilidades de éxito.

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