LEY DE NACIONALIDAD PARA SEFARDÍES

El nuevo proyecto que facilita la obtención de la nacionalidad a los sefardíes superó el pasado 24 de junio el último trámite en el Congreso, en una nueva versión, que trata de simplificar la adquisición del pasaporte español. La ley concede la nacionalidad española a los descendientes de los judíos expulsados en 1492 siempre que tengan una especial vinculación con España.

Debe aún pasar por el Senado y podría quedar lista para su publicación en un mes. El nuevo texto elimina la tasa de 75 euros para todos los solicitantes de la nacionalidad por residencia, no solo los sefardíes, pero queda sustituida por los costes arancelarios de notarios, registradores y el Instituto Cervantes. Éste último se encargará de diseñar un test de integración que deberán pasar los referidos solicitantes.

Para obtener la nacionalidad española será necesario acreditar la condición de sefardí mediante certificados de las comunidades judías, el conocimiento del ladino, tener apellidos sefardíes o partida de nacimiento o contrato matrimonial según las tradiciones de Castilla. El requisito es doble, porque debe además probarse una especial vinculación con España mediante antecedentes familiares, conocimientos del idioma o donaciones a entidades benéficas españolas.

La ley además detalla que el conocimiento de la lengua española exigido será a partir de ahora básico A2 del Instituto Cervantes.

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